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Evita los juicios largos y costosos. Resolvemos tus conflictos con total validez legal, rapidez y confidencialidad.
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Guía Legal
Todo sobre la Conciliación Extrajudicial en el Perú
(FAQs - Preguntas y Respuestas)
Cuando surge un conflicto legal en el Perú —ya sea por una deuda, el alquiler de una propiedad o una situación de familia—, muchas personas asumen que la única salida es un juicio largo y costoso. Sin embargo, la ley peruana ofrece una alternativa rápida y con el mismo valor legal: la Conciliación Extrajudicial. En esta consulta virtual, nuestra Conciliadora, abogada especialista, responde a las dudas más urgentes de un cliente sobre cómo funciona este procedimiento y cuándo es obligatorio usarlo.
Bloque 1: ¿Qué es la Conciliación y cuáles son sus ventajas reales?
🗣️ Cliente: Doctora, tengo un problema y me han dicho que debo conciliar antes de demandar. ¿Qué es exactamente la conciliación extrajudicial y qué gano con ella?
⚖️ Doctora: La Conciliación Extrajudicial es un mecanismo rápido, económico y confidencial para resolver conflictos sin necesidad de ir a un juicio largo. En este proceso, un tercero neutral (el conciliador) los ayuda a dialogar para llegar a un acuerdo beneficioso para ambas partes.
Las ventajas clave que debes conocer son:
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Ahorro de tiempo y dinero: Un proceso judicial puede tardar años; una conciliación se resuelve en días o semanas.
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Mismo valor que una sentencia: Si se llega a un acuerdo, se firma un Acta de Conciliación. Este documento tiene el mismo peso legal que la sentencia de un juez. Si la otra parte incumple, puedes exigir su ejecución inmediata en el Poder Judicial.
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No necesitas abogado obligatoriamente: Aunque siempre recomiendo asesoría para proteger tus derechos, la ley no te exige ir con un abogado a la audiencia.
Bloque 2: Materias Conciliables (¿Qué puedo y qué no puedo conciliar?)
🗣️ Cliente: Entiendo. ¿Pero cualquier problema se puede solucionar ahí? ¿Qué temas específicos puedo llevar a un Centro de Conciliación en el Perú?
⚖️ Doctora: No todo es conciliable. La regla general es que se pueden conciliar los derechos disponibles, es decir, aquello que tú voluntariamente puedes negociar, renunciar o pactar económicamente. El Ministerio de Justicia del Perú clasifica las materias principalmente en dos grupos:
1. Controversias Civiles y Patrimoniales (Obligatorias antes de demandar)
En casos de dinero, es un requisito obligatorio (requisito de procedibilidad) intentar conciliar antes de interponer una demanda civil. Esto incluye:
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Desalojos: Por falta de pago, vencimiento de contrato u ocupante precario.
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Deudas e Incumplimiento: Cobro de soles o dólares, pago de alquileres atrasados y obligaciones de dar, hacer o no hacer.
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Contratos y Propiedad: Indemnización por daños y perjuicios, división y partición de bienes, otorgamiento de escritura pública y rescisión de contratos.
2. Materias de Familia (Facultativas pero recomendadas)
Aquí el proceso busca proteger el bienestar de los miembros del hogar, bajo el principio del interés superior del niño:
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Pensión de alimentos (así como su aumento o reducción, incluso si se fijó antes en un juzgado).
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Tenencia de los hijos (incluyendo la tenencia compartida).
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Régimen de visitas y liquidación de la sociedad de gananciales (bienes del matrimonio).
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Gastos de embarazo (la madre gestante debe presentar su DNI y el documento médico que acredite su estado).
🗣️ Cliente: ¿Y en qué casos la ley prohíbe rotundamente ir a una conciliación?
⚖️ Doctora: Excelente pregunta. El procedimiento no procede bajo ninguna circunstancia en las siguientes situaciones:
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Casos de violencia familiar.
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Procesos de garantías constitucionales (como un Habeas Corpus o Amparo) o contenciosos administrativos.
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Derechos de personas incapaces absolutas o cuando se pretenda negociar el estado civil (ej. no puedes conciliar un divorcio o el reconocimiento de un hijo).
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Cuando lo que buscas es solicitar medidas cautelares urgentes antes de iniciar el juicio. (Ojo: Si pides una medida cautelar fuera del proceso, tienes un plazo máximo de 5 días hábiles desde su ejecución para iniciar tu trámite de conciliación).
Bloque 3: Requisitos, Plazos y Formalidades del Proceso de Conciliación
🗣️ Cliente: Decidido, voy a iniciar el trámite. ¿Qué documentos necesito presentar y qué datos me van a pedir?
⚖️ Doctora: Para ingresar tu solicitud a un Centro de Conciliación autorizado por el MINJUS debes adjuntar lo siguiente:
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Tu DNI vigente: Es obligatorio. Si tu DNI está vencido, la ley peruana permite conciliar excepcionalmente solo si presentas el DNI caducado junto con la constancia original de trámite de renovación ante el RENIEC.
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Datos del invitado: Nombre completo y la dirección exacta de la persona a la que vas a citar. Si pones una dirección errónea por equivocación, el proceso concluirá con un "Informe por error de dirección" y tendrás que volver a empezar desde cero por escrito.
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Documentos de sustento: Copias de los contratos, recibos, actas de nacimiento o cualquier papel que justifique lo que estás reclamando.
🗣️ Cliente: Doctora, yo trabajo fuera o a veces viajo. ¿Qué pasa si no puedo asistir físicamente el día de la audiencia? ¿Puedo enviar a un representante?
⚖️ Doctora: La regla general es que la asistencia es personal. Sin embargo, sí puedes otorgar un poder de representación en casos muy específicos:
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Si domicilias en el extranjero o en un distrito conciliatorio distinto. (Deberás adjuntar tu movimiento migratorio o certificado domiciliario).
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Si estás gravemente impedido de trasladarte. (Deberás adjuntar un Certificado Médico oficial de una institución de salud).
¡Mucho cuidado con las formalidades del Poder! Para que el Centro de Conciliación lo acepte, el Poder debe otorgarse por Escritura Pública y estar inscrito en Sunarp. Excepción: Si otorgas el Poder con fecha posterior a que te llegó la invitación a conciliar, bastará con la Escritura Pública (no requerirá inscripción). Además, debe decir textualmente que tienes facultades para "Conciliar Extrajudicialmente", "disponer del derecho materia de conciliación" y "ser invitado a procesos conciliatorios".
🗣️ Cliente: ¿Cuánto tiempo tengo que esperar una vez que presento los papeles?
⚖️ Doctora: El procedimiento es bastante ágil:
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A las 24 horas de ingresada tu solicitud, se designa al conciliador.
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Entre el día que la otra parte recibe físicamente la notificación y el día de la audiencia, deben mediar obligatoriamente 3 días hábiles. Si no se cumple este plazo por un error de notificación, la citación no será válida y se reprogramará.
Bloque 4: ¿Qué pasa si no hay acuerdo o si la otra parte no asiste?
🗣️ Cliente: ¿Y si la otra persona se niega a ir o simplemente nos sentamos y no quiere dar su brazo a torcer? ¿Estoy obligado a aceptar lo que diga?
⚖️ Doctora: Rotundamente no. Nadie puede presionarte a firmar algo con lo que no estés de acuerdo; el conciliador es neutral. El proceso puede terminar de tres formas:
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Acuerdo (Total o Parcial): Se levanta el Acta de Conciliación que pone fin al conflicto.
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Falta de Acuerdo: Si asisten pero no hay consenso, el conciliador expide una "Constancia de imposibilidad de acuerdo". Con este documento quedas habilitado para demandar ante el Poder Judicial de inmediato.
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Inasistencia: Si una de las partes no asiste a dos sesiones consecutivas o alternadas, el proceso concluye por inasistencia. Nota legal importante: Si la parte solicitante o invitada está compuesta por varias personas (por ejemplo, cuatro hermanos demandados) y uno solo de ellos falta a dos citas, se invalida el proceso y se cierra por inasistencia del grupo completo.
🗣️ Cliente: Doctora, una última duda. Si firmamos el acta y luego nos damos cuenta de que hay un error de tipeo en los nombres o montos, ¿el acuerdo se anula?
⚖️ Doctora: No se anula, pero requiere una Acta Rectificatoria. Se debe citar a una nueva audiencia exclusivamente para corregir el error material del documento anterior, manteniendo el número correlativo de las actas. En esta cita de rectificación está prohibido agregar nuevos temas o nuevos acuerdos. Si la otra parte no asiste a corregir el error, se levantará un "Acta de falta de acuerdo por inasistencia a rectificación", pero esto no borra ni reemplaza los compromisos del acta original.
CONCLUSIÓN Y PRÓXIMOS PASOS!
La Conciliación Extrajudicial no es solo un trámite burocrático, es tu oportunidad de resolver un problema legal bajo tus propios términos antes de que un juez tome el control de tu caso. Si necesitas asesoría especializada para redactar tu solicitud, evaluar si tu materia es conciliable o redactar un poder con todas las de la ley, ¡no dudes en contactarnos!







